Suele ser una de las cuestiones que más dudas plantean antes de crear
una empresa. Depende de estos factores
que, en conjunto, o por separado hacen decidirse por un uno u otro.
A continuación se indican algunos aspectos
que debes tener en cuenta en el momento de efectuar la elección:
-¿Qué tipo de actividad va a ejercer la empresa?
La actividad a la que vaya a desarrollarse la empresa puede
condicionar la elección de la forma jurídica en aquellos casos en que en la
normativa aplicable establece una forma concreta.
-¿Cuántos socios participan en el proyecto?
El número de personas que intervengan en el lanzamiento de una nueva
empresa también puede condicionar la elección.
Así, cuando sean varios los promotores lo aconsejable será constituirse
vía sociedad. En el caso de que sólo
sean dos, la sociedad anónima, la sociedad anónima laboral y las cooperativas
quedarán fuera de la elección.
-¿Qué responsabilidad están dispuestos a asumir los socios?
Este es un aspecto muy importante dado que, en función de las
responsabilidades que el promotor o promotores están dispuestos a asumir en el
desarrollo del proyecto empresarial, se optará por una u otra forma jurídica.
La responsabilidad puede estar limitada al capital aportado (sociedades
anónimas, de responsabilidad limitada, etc) o ser flexible, afectando tanto al
patrimonio mercantil como al personal (empresario individual, sociedad
colectiva, etc).
-¿Cuál es la situación fiscal de los socios de la empresa?
Los resultados previstos en el ejercicio de la actividad empresarial
y la contribución fiscal que por los mismos se tengan que efectuar es un aspecto
importante. Por ello, hay que estudiar detalladamente los costes fiscales que
la empresa habrá de soportar, teniendo en cuenta que las sociedades tributan a
través del Impuesto sobre Sociedades, cuyo tipo impositivo es único, y que los
empresarios individuales lo hacen a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, en el que el tipo impositivo va elevándose según van incrementándose
los beneficios.
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