sábado, 24 de septiembre de 2016

Caso práctico de un Plan de Negocio

Ahora pasamos de la teoría a la práctica.  Imaginemos que nos proponemos crear un restaurante autoservicio de comida casera.  Esto sería aproximadamente lo que convendría incluir en el plan de negocio real...

Por supuesto, lo fundamental en un Plan de Negocio es, además de que sea lo más breve posible, comenzar exponiendo claramente la idea...  

1.- DESCRIPCIÓN:

1.1. Descripción de la idea. Restaurante autoservicio de comida casera situado en una céntrica zona de oficinas.

1.2. Objetivo. Alcanzar el primer año los 80.000 al mes de facturación y estabilizarse en 120.000 al mes a partir del segundo año.

2.- ESTUDIO DE MERCADO:

Por supuesto, debe comenzar por  el  estudio  de mercado.  Podría comenzar así: "Se han  contratado los servicios de un  consulting  especializado  en estudios de mercado que ha realizado un trabajo de campo en la zona donde se  pretende  instalar el restaurante. Los datos sobre los potenciales clientes y sus hábitos de consumo son los siguientes:
                                                                               
- Empleados que trabajan en la zona: 30.000 personas.
- Porcentaje que come en restaurantes 4-5 días a la semana: 5% (1.500).
- Porcentaje que come en restaurantes 1-3 días a la semana: 10% (3.000).
- Porcentaje que no come nunca en restaurantes: 85%.
- Demanda semanal de almuerzos al mediodía: (1.500 x 4,5)+ (3.000 x 2) = 12.750 almuerzos cada semana
- Demanda mensual de almuerzos: 12.750 x 4 = 51.000 cada mes.
- Facturación mensual estimada de los restaurantes de la zona por almuerzos: 51.000 x 7 € (precio medio almuerzo) = 357.000 €.
- Oferta existente. Hay cinco restaurantes en la zona que, por su capacidad, precios y oferta, sólo atienden un 60% de la demanda, por lo que el público acude a otras zonas limítrofes. Por tanto, resta un volumen de mercado estimado en 150.000 € al mes.
- La demanda de restaurantes en la zona está en aumento debido al crecimiento del número de empresas instaladas.               
- El poder adquisitivo de los clientes potenciales es medio-alto, ya que se trata en su mayor parte de   ejecutivos y oficinistas de empresas multinacionales.
- Ningún restaurante ha cerrado en la zona a lo largo de los últimos 12 años.  

3.- PLAN DE MARKETING:

3.1.- Elemento diferencial. 

El restaurante ofrecerá menús rápidos caseros al mediodía, incluyendo menús vegetarianos y bajos en calorías y colesterol.  El sistema será de autoservicio.  Los precios no serán superiores al resto de los restaurantes de la zona.  La decoración buscará diferenciarse del resto con una mayor modernidad, limpieza y funcionalidad.

3.2. Publicidad y promoción  

- Antes de inauguración: estudio de mercado (1.506 €).
- Primer mes: mailing a empresas de la zona (2.700 €) y marquesinas en la zona (3.015 €).
- Segundo mes: marquesinas urbanas en la zona (3.015€ pesetas).
- Tercer mes: marquesinas urbanas en la zona (3.015 € pesetas).

4.- PLAN DE PRODUCCIÓN:

En él deben analizarse los proveedores existentes y hacer una selección de los más competitivos en calidad y precio. El plazo medio de pago será de 30 días.

5.- RECURSOS HUMANOS:

Dado que se trata de un restaurante tipo autoservicio, bastará con un equipo compuesto por un cocinero jefe, un ayudante de cocina, tres pinches, dos camareros que a la vez harán las veces de cajeros y un jefe de sala, encargado de atender las demandas de los clientes y mantener la limpieza del comedor.

6.-  INVERSIÓN NECESARIA:

La inversión en reformas del local, mobiliario y en equipamiento de la cocina rondará los 151.000 €. 

Para atender los pagos iniciales, existirán unas necesidades adicionales de tesorería de 30.000 €.

La inversión total será de 180.750 €, de las cuales 50% serán recursos propios, y los  otros se obtendrán a  través de financiación bancaria.

7.-  ESTRUCTURA LEGAL:

Teniendo en cuenta el capital y la voluntad de dejar abierta la sociedad a  otros inversores, se opta por la constitución de una Sociedad Anónima.

4 .- BÚSQUEDA DE FINANCIACIÓN.

Aparte del tradicional recurso a la banca comercial, normalmente se pueden obtener recursos a menor coste de las sociedades de garantía recíproca o, si se está dispuesto a ceder control sobre la gestión, acudir a las empresas de capital - riesgo...

En el supuesto de que el promotor no disponga de todo el dinero para su proyecto, deberá recurrir a la financiación externa, bien sea obteniendo recursos ajenos a cambio de un interés, bien sea dando entrada en el capital de la empresa a otros inversores a cambio de un dividendo y una mayor o menor participación en la toma de decisiones.  En la pura teoría, siempre será mejor hacer negocio con recursos ajenos, dado que el promotor retiene la propiedad.  Siempre que los tipos de interés lo permitan...

BANCOS Y CAJAS

Antes de acudir a una entidad bancaria, el promotor debe tener claras dos cosas.  Por una parte, el dinero que va a necesitar y los plazos en los que podrá devolverlo.  Por otra, que el banco hace negocio prestando dinero.  Por eso, al banco no se va a pedir, sino a proponer un negocio.  Siempre que la operación esté bien planteada y existan garantías suficientes, el banco no la denegará.  Más bien al contrario, procurará no perder ese negocio.  En ese sentido, conviene recordar en todo momento que las tarifas y condiciones del banco son negociables, nunca fijas.  Son muchos los empresarios que pagan más a los bancos de lo que realmente podrían pagar.  Evidentemente, el banco siempre tratará de conseguir las mejores condiciones para su propio beneficio.  Por tanto, no hay que darse por satisfecho sólo porque a uno le hayan concedido el préstamo o el crédito. Negociar es fundamental.

BANCA PÚBLICA

El Instituto de Crédito Oficial (ICO), el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y la banca pública (Argentaria) han puesto en marcha una serie de medidas de apoyo financiero a las pequeñas y medianas empresas, que consiste básicamente en la subvención de parte de los intereses para inversiones productivas.

LEASING

Es un contrato de arrendamiento financiero que consiste en alquilar un bien (por ejemplo, un vehículo) con una opción de compra final para cuando acabe el período acordado para el contrato.  En realidad, el promotor que accede a esta financiación no posee jurídicamente el bien hasta que no ha pagado la última cuota, denominada cuota residual Cuenta con la ventaja de un tratamiento fiscal favorable, pero la desventaja de que los intereses que se aplican son superiores a los bancarios.  De todas formas, se debe tener presente que el leasing sólo se utiliza para financiar maquinaria e inmuebles, por lo que no sirve para financiar otras inversiones.

GARANTÍA RECÍPROCA

Las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) no son en realidad entidades de financiación, sino que actúan como avalistas en las operaciones crediticias de sus socios.  Existe al menos una por cada comunidad autónoma, y las cuotas de inscripción suelen ser inferiores a 120 €.  Aparte de conseguir mejores condiciones para los créditos, ayudan al promotor - a través de una sana crítica, a mejorar su Plan de Negocio.

CAPITAL RIESGO

Es básicamente una operación mediante la cual una entidad financiera toma una participación en el proyecto como socio.  Por regla general, esa participación suele ser temporal.  El socio de capital-riesgo, en calidad de accionista, cobra directamente de los beneficios (y no intereses de préstamo, como los bancos).  Además, exige el nombramiento de algún ejecutivo como consejero de la sociedad creada, a fin de ejercer un control directo sobre la gestión de la empresa.  Raras veces intervienen en operaciones inferiores a los 650.000 €.

BÚSQUEDA DE SOCIOS

No hay que desanimarse si nuestra agenda no contiene muchos números de teléfono de amigos dispuestos a invertir.  Como en el caso de los bancos, el inversionista nunca debe aportar su dinero por hacer un favor, sino para participar en un buen negocio. Y no siempre tiene que tratarse de individuos, sino también de empresas que puedan compartir algún tipo de interés en nuestro proyecto.  Por ejemplo, una empresa de publicidad convencional podría estar potencialmente interesada en invertir en un nuevo negocio de tratamiento digital de imágenes, a fin de ahorrar parte de los costes estructurales que le supondría entrar en un nuevo mercado, al tiempo que aprovecha su experiencia anterior y su cartera de clientes.  Pero, en todo caso, el promotor debe estar dispuesto a aceptar las críticas, sugerencias e imposiciones de sus socios.  Por eso, debe aclararse el papel de cada uno en los estatutos cuando se constituye la sociedad.

Lo que ven con buenos ojos los inversores

A la hora de evaluar un nuevo proyecto empresarial, existen una serie de puntos críticos que tienen en cuenta las entidades financieras e inversores.

Bien valorado.

Que el promotor tenga experiencia en negocios.
Que cuente con técnicos y otros profesionales que apoyen su idea.
Que ya existan recursos aportados por el promotor u otros inversores.
Que el Plan de Negocio esté bien elaborado y el promotor sea capaz de responder a cualquier pregunta, demostrando control sobre el proyecto.
Que el promotor no sólo conozca su negocio, sino también la situación de su potencial competencia.

Mal valorado

Que el promotor sólo tenga conocimientos técnicos, pero ninguna experiencia empresarial (síndrome del inventor: sólo tiene una buena idea, pero ignora cómo ponerla en práctica).
Que el 100% de la financiación requerida sean recursos ajenos.
Que el Plan de Negocio sea farragoso, o bien que no se aporte un estudio de mercado ni datos financieros.
Que el Plan de Negocio haya sido elaborado sólo por el propio promotor.
Que el promotor no sepa valorar la relación entre recursos propios y ajenos, ni tampoco la generación necesaria de fondos para recuperar la inversión.

5.- CONSTITUCIÓN JURÍDICA.

Elegir el tipo de sociedad apropiado y tramitar bien la constitución puede ahorrarnos dinero y evitar problemas en el futuro con nuestros socios...

La primera decisión será crear una sociedad o actuar como empresario individual.  En este caso, los trámites de constitución se simplifican y se reducen los costes.  La desventaja es que el empresario individual debe responder de sus deudas con todos sus bienes presentes y futuros.  Por tanto, pueden ser embargados todos sus bienes, incluso los que posea en un futuro.

Las sociedades cumplen, precisamente, la función de poner límites a esa responsabilidad.  Si una sociedad anónima o limitada se declara en quiebra, responderá con todos los bienes que posee, pero nunca con los de sus propietarios.  Por eso, es habitual que, cuando un banco estudia un préstamo, exija que los socios aporten avales personases.  En España es casi una exigencia insalvable.

Estos son los criterios a la hora de elegir:

Recursos financieros.

Una sociedad anónima requiere el desembolso de un capital mínimo de 60.000 y un mínimo un  socio; una sociedad limitada puede crearse con 3.000 y un solo socio.  No obstante, la ley permite sólo se desembolse el 25% del capital al constituir la sociedad. 

Tipo de actividad. 

Existen limitaciones legales: por ejemplo, las sociedades hipotecarias deben constituirse como sociedades anónimas, y en algunas comunidades autónomas las agencias de viajes sólo pueden ser sociedades anónimas o limitadas.

Número de promotores. 

Si son varios promotores, es preferible crear una sociedad, no una comunidad de bienes.

Límites de responsabilidad. 

Puede limitarse al capital aportado (sociedad anónima o limitada) o ser ilimitada (empresario individual, sociedad colectiva).

Impuestos. 

Las sociedades pagan Impuesto sobre Sociedades mientras que los empresarios pagan Impuesto sobre la Renta (IRPF), en el que el tipo aumenta conforme a los beneficios.

La forma legal más adecuada

Empresario individual
                                                                                 
El empresario responde de las deudas con todos sus bienes: no existe diferencia entre patrimonio mercantil y personal. Debe ser mayor de edad, tener libre disposición de sus bienes y ejercer, por cuenta propia y de forma habitual, una actividad empresarial. Si está casado también quedarán afectados al negocio los bienes del cónyuge, lo cual debe hacerse constar en escritura pública.                          

Sociedades mercantiles
                         
Sociedad anónima. El capital está dividido en acciones que pueden comprarse y venderse libremente, aunque muchas empresas ponen  límites constitucionales a este derecho,  a  fin de evitar
que terceras personas puedan hacerse con el control.
El habitual consiste en establecer una opción prioritaria de compra por parte del Consejo de Administración.     

Sociedad anónima laboral. Se requiere que al menos un 51 % del capital pertenezca a los trabajadores. Por tanto, los propietarios son además empleados de la empresa, aunque ninguno de ellos puede poseer más de la tercera parte del capital (salvo en el caso de entidades públicas o personas jurídicas). Estas sociedades están exentas en un 99% del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Idéntica bonificación se aplica en operaciones de préstamo si se destinan a inversión en activos fijos. Además, tienen libertad de amortización para elementos del activo durante 5 años.

Sociedad de responsabilidad limitada.  El capital está dividido en participaciones que, si bien son acumulables - si compran al resto de los socios -, no se pueden vender a terceras personas sin el consentimiento expreso de los otros socios.  Es el denominado 'derecho de tanteo'. 

Sociedad colectiva.  Es la sociedad mercantil tradicional en la que los socios intervienen directamente en la gestión y responden personalmente de forma ilimitada y solidaria frente a las deudas.  Por tanto, los acreedores pueden reclamar el total de las deudas a cualquiera de los socios.  Sólo es adecuada si son pocos socios, aunque no hay límites legales.

Sociedad cooperativa.  Es una asociación de personas físicas o jurídicas de carácter social.  Su objetivo es facilitar a los socios servicios al menor coste posible o retribuir mejor sus trabajos.  Su capital es variable, los socios pueden adherirse y salir libremente, la gestión es democrática y pueden dedicarse a cualquier tipo de actividad.

TRÁMITES PARA LA CONSTITUCIÓN

Según el tipo de empresa que se pretenda crear, el proceso puede durar desde cuatro meses hasta dos años, y aún en el caso de que se trate de una pequeña empresa de servicios con pocos trabajadores y un pequeño local, difícilmente bajará de las 1.500 €.

1.- REGISTRO MERCANTIL:

Comprobar que el nombre elegido no está y registrado (certificación negativa del nombre comercial. Debe esperarse la respuesta antes de seguir adelante.
Precio: 20 €. aprox.
Duración: 1 semana.                                                                
     
2.-  DESPACHO DE ABOGADOS:

Para la redacción de los estatutos de la sociedad, es imprescindible el consejo de un bufete especializado. Los estatuos deben adaptarse al tipo de negocio y , sobre todo, deben ser discutidos y revisados por todos los socios para evitar futuros problemas. No se debe pensar jamás en términos de “ esto no va ocurrir nunca”.
Precio: 125 €.
Duración: 1 semana.
                                                                                
3.-  NOTARIO:

Exigirá los estatutos, la certificación negativa y el certificado del banco de haber ingresado el capital social (en el caso de una S.L.)
Precio: 400€.
Duración: 10 días.

4.-  PAGO DEL IMPUESTO DETRANSMISIONES PATRIMONIALES:

Para ello es necesario llevar a la Consejería de Economía y Hacienda la escritura, y rellenar el modelo 600 que ellos mismos facilitan.
Precio: En Canarias está exento, aunque hay que presentar el modelo.
Duración: en el acto.

5-  DECLARACIÓN CENSAL Y CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL:

Es necesario presentar en la Delegación Provincial de la Agencia Tributaria el modelo 037, la escritura de constitución, el recibo del modelo 600 y fotocopia del DNI ( o poder notarial, si acude otra persona ).
Precio: Gratuito.
Duración: en el mismo día.

6-  REGISTRO DE LA ESCRITURA:

Hay que llevar al Registro Mercantil la escritura de constitución y el recibo del modelo 600.
Precio: 135 €. + liquidación posterior.
Duración: 1 mes.

7.-  PAGO DEL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS:

El alta en el IAE se presenta en la Delegación de Hacienda. Una vez allí, será necesario rellenar el modelo 845.
Precio: Depende del ayuntamiento donde esté la sede social, la calle donde se establezca el negocio, la superficie del local, …. Debe  comprobarse si el ayuntamiento subvenciona este impuesto.
Duración: 1 día.

8.-  ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL:

Debe presentarse el modelo A-6 por triplicado, el documento de asociación con la Mutua de Accidentes de Trabajo o INSS, fotocopia compulsada del Impuesto de Actividades Económicas y escritura de la sociedad.
Precio: Gratis.
Duración: 1 día.
            
9-  ALTA DE LOS TRABAJADORES:

Modelos A-1 y A-22, a presentar en la Delgación Provincial
Precio: Gratuito.
Duración: 1 día.

10.-  REGISTRO DE APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO.

En la Dirección Provincial de Trabajo, presentar los datos de la empresa, los trabajadores y la actividad. Deben comprarse los libros de matrícula y visitas, que deben ser sellados.
Precio: 38 €.
Duración: 1 día.

11-  LICENCIA DE OBRAS.

Es básica para obtener la licencia de apertura. Se solicita en el Ayuntamiento. Debe presentarse el presupuesto de obras, los planos y una memoria. Si las obras afectan a la estructura, el proyecto debe ir firmado por un arquitecto.
Precio: 280 €. (documentación) + en torno al 3% de la obra si no toca la estructura.
Duración: Entre 1 y 3 meses.

12-  LICENCIA DE APERTURA.

Se pide en el Ayuntamiento, pero su trámite es independiente de la licencia de obras. Hay que presentar el proyecto de las instalaciones, el alta en el IAE, el CIF, una memoria de la actividad y una relación de los vecinos.
Precio: De 100 a 500 m2, en torno a 500 €.
Duración: Entre 1 y 3 meses si ya tiene Licencia de Obras.
                                                                         
6 .- DIRECCIONES ÚTILES.

Existen multitud de instituciones que, a muy bajo precio - e incluso gratis - proporcionan información clave para la validación de una idea de negocio y la constitución legal de una nueva empresa.

ESTUDIOS DE MERCADO:

Refisem.  ESADE.  Av.  Pedralbes, 60-62. 08034 Barcelona. 
DBK. Velázquez, 92. 28006 Madrid.
Dympanel.  Camí de Can Calders, 4. 08190 Sant Cugat del Vallés (Barcelona).
Centro de Investigaciones Sociológicas.  Montalbán, 8. 28014 Madrid. 

INFORMES COMERCIALES:

Informa (Información Económica).
Avda. de la Industria, 32.  P.I. Alcobendas. 28100 Madrid.  Información sobre cinco millones de empresas españolas, con balances, cuentas de explotación, estructura de capital... El precio depende de la frecuencia de los informes.
Dun & Bradstreet.  Salvador de Madariaga, 1. 28027 Madrid. 
Incresa.  Villanueva, 35. 28001 Madrid. Servicios online sobre tres millones de empresas.  Precio según tipo de datos.
Banco de Incidencias Interpres.  Gran Vía, 22-3D. 28013 Madrid. Registro de empresas españolas morosas.
Ardan. Consorcio de la Zona Franca de Vigo. Área Portuaria de Bouzas. 36208 Vigo. Servicio con información financiera de empresas de Valencia, Galicia, Andalucía y Euskadi.

INFORMACIÓN GENERAL:

Consejo Superior de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.  Velázquez, 157.  Madrid,
Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE).  C/Diego de León, 50. 28009 Madrid.
Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME).  C/  Diego de León, 50. 28009 Madrid. 
Unión de Consumidores de España (UCE).  Atocha, 26. 28012 Madrid. 
Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).  Milán, 38.28043 Madrid. 
Instituto Nacional de Estadística.  Paseo de la Castellana, 183.  http://www.ine.es

SUBVENCIONES:

Instituto de Crédito Oficial (ICO). Paseo del Prado, 4-8a planta. 28014 Madrid.
Iniciativa PYME de Desarrollo Industrial (IMPI).  Paseo de la Castellana, 141 2ª planta. 28071 Madrid.
Consejerías de Economía, Industria o Comercio de cada Comunidad Autónoma.  En Andalucía y Aragón, Instituto de Fomento.  En Galicia, Dirección General de Formación y Empleo.
Banco Europeo de Inversiones.  José Ortega y Gasset, 29. 28006 Madrid.
Comisión de las Comunidades Europeas.  Paseo de la Castellana, 46. 28046 Madrid. 
Consejería de Empleo.
AYUDAS A LA FORMACIÓN:

FORCEM (Ayudas para la Formación Empresarial).  Arturo Soria, 126-128,  28043 Madrid.

FINANCIACIÓN:

Sociedades de Garantía Recíproca.  Proporcionan avales para ampliación de capacidad de crédito y dan acceso a líneas ICO y subvenciones financieras de las CC.AA, entre otras cosas.
Sociedades de Préstamos Participativos  (capital-riesgo).  Información en la Asociación Española de Capital Riesgo (ASCRI).  Castelló, 36. 28001 Madrid. También en AXIS Participaciones Empresariales.  Prim, 19,  28004 Madrid.

BIBLIOGRAFÍA:

Atlas Comercial de España. 5 volúmenes. Dirección General de Comercio Interior.  Paseo de la Castellana, 162. 28081 Madrid.  Útil para decidir dónde situar un nuevo establecimiento comercial.
Anuario del Empresario. Deusto-Planeta. Fax. (93)2093900.  Anuario con los principales acontecimientos empresariales.
Cómo hacer marketing sin recursos. Craig S. Rice.  Granica, 1991.
Manual de la Fundación Universidad-Empresa.

En busca del primer empleo.  Fundación  Universidad-Empresa, 1992.

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