lunes, 26 de septiembre de 2016

Factoring

SOCIEDADES DE FACTORING:

Tiene su origen en la figura del Factor Británico cuya misión consistía en ocuparse del cobro de las ventas de manufacturas en las colonias del Norte de América.
                          

El factoring se trata de una actividad ejercida por empresas encuadradas en el Sector Financiero.

Los servicios más comunes que ofrece el Factoring son:

- Evaluar los límites de crédito que merece cada cliente.
- Cubrir el 100% del riesgo de insolvencia.
- Controlar contablemente las deudas de cada cliente.
- Gestionar el cobro de las facturas con independencia del efecto de comercio en que estén instrumentadas.
- Anticipar dinero sobre la facturación cuyo cobro se le encomiende.

En definitiva, el factoring no es más que una cesión de las cuentas a cobrar que se derivan de las ventas del empresario, despreocupándose éste del cobro de las facturas y del posible impago de las mismas obteniendo a su vez fondos sin necesidad de esperar al vencimiento de los créditos. Cuando una empresa se encuentra en proceso de expansión de ventas, necesita financiación creciente y puede ocurrir que estas necesidades no sean satisfechas por la anca, toda vez que ésta puede no ampliar las clasificaciones para descuento de papel, o para créditos puros, si no es aportando nuevas garantías. Como no todas las empresas pueden aportar las garantías solicitadas, ni ampliar capital para hacer frente a las necesidades creciente, el factoring actúa como sustituto, en estos caso, de la función bancaria proporcionando la financiación a sus ventas.

El Factor resulta ser el propietario de los créditos por haberle sido transmitidos mediante la cesión.
Para que el contrato esté perfecto es preciso la notificación al deudor por parte del vendedor.

Factoring es la actividad realizada por una unidad económica de gestión de cobro sin derecho de regreso, sobre créditos adquiridos por transferencia de otras unidades económicas, encargándose de los servicios subsidiarios que su gestión implica.

PERSONAS QUE INTERVIENEN.

- Factor: La empresa que facilita los servicios de Factoring.
- Cliente: El fabricante, industrial o comerciante que fabrica o vende bienes de consumo y contrata con el factor la transferencia de sus créditos contra sus compradores.
- Deudores: La firma que es compradora de los bienes que el cliente produce o vende mediante el pago de un precio.

ESQUEMA DEL PROCESO DE FACTORING:

1) El usuario somete al Factor inicialmente su relación de clientela con expresión de cifras anuales de ventas y límites de riesgo necesarios para cada cliente.

2) El Factor analiza a cada cliente y decide que límite de riesgo esta dispuesto a conceder por cada uno de ellos.

3) El usuario efectúa las ventas y entrega al Factor la documentación acordada: factura, albarán de entrega,, efecto de comercio, etc.

4) El Factor facilita la financiación acordada, admitiendo el riesgo dentro de los límites que le tiene concedido.

5) Mensualmente, el Factor envía una información al usuario consistente en un balance listado con la posición de cada cliente según un detalle de cada factura.

MOTIVACIONES GENÉRICAS PARA HACER USO DEL FACTORING:

Los usuarios acuden a las Sociedades de Factoring por los siguientes motivos:

- Para obtener financiación sobre sus ventas.
- Para limitar el riesgo de crédito sobre las mismas.
- Para obtener un servicio de administración de las mismas.
- Para exportar.

Financiación de las ventas:

El aplazamiento del cobro de las ventas que las empresas realizan se financian con:

- Recursos propios (capital circulante)
- Recursos ajenos (crédito bancario, dto. bancario, etc.)

Acudiendo al Factoring, las empresas vendedoras de mercancías pueden financiar sus ventas sin utilizar Recursos Propios ni ampliar sus necesidades de financiación bancaria.

Servicios:

El Factor envía mensualmente un detalle de la cuenta con cada cliente. Esto descongestiona la actividad de la empresa ya que obtiene clara y precisamente datos del factor.
Igualmente descongestiona la actividad del cobro de impagados, reclamaciones, etc., sobre los créditos cedidos al factor.  

Exportaciones:
Es especialmente útil para las empresas que se inician en esta actividad y, sobre todo, cuando se trata de exportar a países con fuertes riesgos de cambios económicos o políticos.

COSTE DE FACTORING:

El precio de factoring viene dado por dos componentes:

1) Una comisión sobre los créditos cedidos al factor.

Esta comisión oscila entre el 1 y el 3% del nominal de los créditos cedidos y cubre los servicios de:

- Evaluación del riesgo de cliente.  
- Prima de riesgo.
- Control administrativo.
- Gestión de cobros.

Su importe dependerá básicamente del volumen del negocio, del valor medio de las facturas, del plazo del vencimiento y de la diversificación del riesgo.

2) Un tipo de interés que puede ser fijo o variable, estando este último referenciado al Mibor (tipo de interés interbancario) más un diferencial de 1 a 1,5 puntos aplicado sobre la financiación realmente obtenida. No obstante, el coste varía en función de la situación de los mercados y del riesgo que asuma la Sociedad de Factoring.

CONTRATO:

Entre el Factor y el usuario se firma un contrato.  Antes de la firma, el Factor analiza los datos financieros de la firma usuaria así como la gama de productos a financiar, etc.
El contrato acostumbra a referirse a anualidades y suele ser renovado fácilmente si ninguna de las partes lo denuncia con tres meses de antelación.

La empresa que desee formalizar un contrato con una entidad de factoring se compromete a:

1. Ceder, con exclusividad, a la Sociedad de Factoring los créditos originados por las ventas

2. Retribuir a la Sociedad de Factoring, mediante precio, el coste del servicio obtenido. Los riesgos y los impuestos que originen esta operación serán soportados por el Factor.

3. Poner en conocimiento de sus deudores la firma del contrato de factoring, ya que a partir de este momento se transmiten a la Sociedad de Factoring todos los créditos por ventas.

4. Garantizar bajo su responsabilidad la legitimidad de los documentos cedidos.

5. Otorgar poderes a la Sociedad de Factoring en los supuestos de litigio contra los deudores incumplidores.

Por su parte, la Sociedad de Factoring deberá cumplir estrictamente con las obligaciones que le atribuye el contrato de factoring y que son, entre otras, las siguientes:

1. Analizar y dar, en su caso, la aprobación de cada cliente estableciendo qué límites de riesgo está dispuesto a asumir.

2. Cobrar los créditos cedidos.

3. Respetar las fechas de vencimiento de las facturas para proceder al cobro.

4. Asumir el riesgo de la insolvencia hasta el límite máximo que haya aprobado la Sociedad.

5. Investigar la solvencia de los deudores.


6. Llevar la contabilidad de su cliente o usuario e informar periódicamente sobre la evolución de sus créditos.

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