sábado, 24 de septiembre de 2016

Cómo se solicita una patente

Según la Ley de Patentes española (art. 21), y siguiendo las pautas informativas de la propia Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), la presentación de una patente requiere de:


- Una instancia dirigida al director de la OEPM. Esta instancia es uno de los impresos normalizados que facilita la propia oficina junto con la carpeta del expediente.

- Una descripción de la invención para la que se solicita la patente.

- Una o varias reivindicaciones.

- Los dibujos a los que se refieren la descripción o las reivindicaciones, cuando ello se considere necesario.

- Un resumen de la invención

Todos los documentos que se presenten para la obtención de una patente deberán estar redactados en castellano. En las comunidades autónomas podrán redactarse en el idioma oficial de dicha comunidad, debiendo ir acompañados de la correspondiente traducción al castellano, que se considerará auténtica en caso de duda entre ambas (art. 21.4 y 21.5 Ley).

Las solicitudes de patente y demás documentos que deban acompañarse a las mismas podrán entregarse (art. 2 Regl. y R.D. 441/94) directamente en la OEPM; en los registros de cualquier órgano administrativo, de la Administración General del Estado, de cualquier Administración de las CCAA, o de aquellas entidades de la Administración Local que tengan suscrito el oportuno convenio; en las oficinas de correos; y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Otorgamiento de la fecha presentación

- Declaración por la que se solicita la patente que contenga al menos el título de la invención, los datos de identificación del solicitante y del representante, en su caso, con indicación de su nombre y apellidos o denominación social, domicilio y nacionalidad y la firma del solicitante o de su representante.

- Una descripción de la invención que puede ser resumida, aunque no cumpla con los requisitos formales establecidos, completándose en tal caso por el solicitante en plazo improrrogable de dos meses, siempre que ello no suponga una ampliación del objeto de la protección.

- Una o varias reivindicaciones.

- El justificante de pago de la tasa correspondiente.


Esta fecha sólo se otorga en el momento de la presentación de dicha documentación mínima en: la Oficina Española de Patentes y Marcas; las Direcciones Provinciales de Industria; los Servicios de Industria de las CCAA que tengan transferidas las competencias en esta materia; y las Oficinas de Correos. En este caso, las solicitudes deberán enviarse a la OEPM por correo certificado y con acuse de recibo.

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